LA LENGUA ENTRE EL EO Y EL NAVIA Y SU MANIPULACIÓN NACIONALISTA

Las dos únicas lenguas autóctonas entre el Eo y el Navia: la fala y el español

En el territorio comprendido entre los ríos Eo y Navia se habla, además de español o castellano, también una variante o dialecto del gallego con bastantes peculiaridades y con mucho vocabulario procedente del castellano medieval.

Como consecuencia del fuerte aislamiento geográfico histórico respecto al resto de Asturias y la meseta, esta variante del gallego no tiene ninguna relación significativa con los dialectos asturleoneses que se hablan o hablaban en gran parte de las provincias de Asturias, León y Zamora, y en algunas zonas de Trás-os-Montes al noroeste de Portugal. Y mucho menos con el bable o asturiano de la Academia de la Llíngua Asturiana, en contra de las pretensiones identitarias del nacionalismo asturianista.

 

Esta variante del gallego ha sido denominada tradicionalmente «a fala», cuyo significado es el habla. Este nombre se debe a que su uso a lo largo de la historia ha sido siempre oral.

Al ser una lengua oral, carecía de uniformidad geográfica. Y tenía continuidad con el gallego que se hablaba en comarcas colindantes de la provincia de Lugo como La Mariña. Así, el gallego que se hablaba en Castropol, Figueras y Ribadeo era prácticamente el mismo; mientras que difería ligeramente en su vocabulario del que se hablaba en Foz, en La Caridad o en Navia, y mucho del gallego de Pontevedra u Orense. En las zonas del territorio alejadas de la rasa litoral y más montañosas, la variabilidad lingüística era aún mayor debido al aislamiento geográfico.

La fala —o gallego local de entre los ríos Eo y Navia, o de Entrambasaguas— ha sido históricamente la lengua materna de la mayor parte de la población de este territorio. Y lo sigue siendo en la actualidad.

Por su parte, el español ha estado siempre muy presente en este territorio al ser la lengua materna de gran parte de la población, además de ser la única lengua oficial. Por ello, como se ha señalado, es la lengua más empleada en los documentos escritos actualmente. Y, como se analiza más adelante, es la única lengua existente en los documentos históricos.


El uso de las lenguas a lo largo de la historia

El uso oral de las lenguas

Como se ha expuesto anteriormente, la fala ha sido históricamente la lengua materna de la mayor parte de la población y lo sigue siendo en la actualidad. Si bien la totalidad de la población conoce el español, ya que ha sido siempre la única lengua oficial, y lo usa según lo considera adecuado.

En cuanto a nuestros antepasados de Las Nogueiras, nuestro conocimiento, directo e indirecto, sobre la lengua en la que hablaban no alcanza más atrás del final del s. XIX y principios del XX. En aquel entonces sólo se hablaba español en la familia, aunque eran plenamente capaces de hablar la fala o gallego local sin ningún problema. Y de hecho lo hacían siempre que lo consideraban adecuado.

Queda la incógnita de en qué hablarían en la vida familiar antes del s. XIX. Determinados giros que utilizan Baltasar José Villaamil y Logares (1671-1756) y su hermano Francisco Antonio (1672-1732) cuando escriben en castellano nos hacen pensar que probablemente su lengua materna era la fala. Podemos imaginar que entre el s. XVII y el XIX se iría produciendo un paulatino deslizamiento desde la fala al español.

El español debió de introducirse esencialmente a través de la alfabetización y la administración pública. Por lo que parece indudable que los de Las Nogueiras usarían el español en los estudios, en las actividades profesionales y en sus cargos municipales. Mientras que en su relación cotidiana con sus vecinos y los habitantes de la zona necesariamente hablarían en la fala o gallego local. Es posible que ello produjera una divergencia entre hombres y mujeres, ya que éstas generalmente no estaban expuestas a esas situaciones.

El uso escrito de las lenguas

Los documentos históricos que hemos identificado relacionados con los Villaamil y con el Palacio de las Nogueiras son los siguientes:

  • Donación al monasterio de San Juan Baurtista de Corias (Cangas del Narcea) realizada por Alvarus Velaz y su esposa Azenda. 1064.
  • Donación al monasterio de Corias realizada por Petrus Velaz a la muerte de su esposa Ónega Rodríguez antes de ingresar como monje en el monasterio. En este documento aparece por primera vez el término Villaamil para referirse a la localización de varias heredades que estaban en la actual Santa Gadea en Serantes. 1086.
  • Documento de Bartolomé Yáñez de Villaamil sobre la fundación de la iglesia de Serantes. 1210.
  • Recurso interpuesto por Ares Fernández de Villaamil como procurador general del concejo y vecinos de la villa de Castropol contra las ordenanzas dictadas por el obispo Diego de Muros para el concejo de Castropol. 1523.
  • Posesión dada por el concejo de Castropol a Antonio Tobar como alcalde mayor juez de alzadas, en la que consta Ares Fernández de Villaamil como regidor de la villa y concejo junto a Lázaro Pico y Juan Maxgues. 1530.
  • Elecciones de Justicia y Ayuntamiento de Castropol en las que se elije a Ares Pardo de Donlebún y a Fernando Álvarez de Villaamil y Sotomayor como cobre-electrores por la circunscripción de Veigas de Bría, y a Gómez Fernández de Villaamil «el Viejo» como juez ordinario de la villa y del concejo. 1560.
  • Información de los servicios y limpieza de sangre de Fernando Álvarez de Villaamil y Sotomayor. 1564 (copia anónima c.1700).
  • Elecciones de Justicia y Ayuntamiento de Castropol en las que se elije de nuevo a Gómez Fernández de Villaamil «el Viejo» como juez ordinario de la villa y del concejo. 1566.
  • Testamento de Ares Fernández de Villaamil. 1623.
  • Testamento de Dominga Fernández de Trío. 1635.
  • Libro de Fábrica de la parroquia de San Andrés de Serantes. 1643-1731.
  • Padrones de hijosdalgo del concejo de Castropol. 1664-1774.
  • Testamento de Pedro Fernández de Villaamil. 1699.
  • Título de Baltasar José Villaamil y Logares de Bachiller en Sagrado Derecho Pontificio. 1693.
  • Libro de Memoria y Quenta de Arias Fernández de Villaamil y Villar y sus descendientes. 1699-c.1870.
  • Alegato del canónigo y tesorero de la catedral de Mondoñedo Salvador Menéndez Navia y Villaamil contra Pedro Lorenzo Villaamil y Bolaño sobre la sucesión y administración de la casa solar y mayorazgo de Villaamil. ~1700.
  • Habilitación vaticana a Bernabé Antonio Villaamil y Logares para obtener el nombramiento de Notario Apostólico. 1702.
  • Testamento de Josefa María Logares Baamonde y Uría. 1712.
  • Libro de Fábrica de la parroquia de San Andrés de Serantes. II. 172x-1736.
  • Testamento de Arias Fernández de Villaamil y Villar. 1718.
  • Memorial de los Vienes Rahices que tiene la casa de Serantes sita en el lugar de las Nogueiras. 1731-1749.
  • Catálogo de documentos de la casa de Villaamil y Saavedra. c 1790.
  • Partijas de la herencia de Baltasar José Villaamil y Logares. 1796.
  • Libro de Caja de D. Baltasar Villaamil y Logares. 1812.
  • Expediente de partijas entre D. Lino Villaamil, su tío D. José... 1841-1846.
  • Libro de las Rentas que percive esta casa de Las Nogueiras. 1854.
  • Titulaciones académicas y nombramientos oficiales de Lino Villaamil Sanjurjo y de José, Jesús y Lino Villaamil y Lastra. 1845-1890.
  • Hoja de servicios de Lino Villaamil y Lastra. 1877-1890.
  • Documentos sobre las herencias recibidas y dejadas por Jesús Villaamil y Lastra, Juana Cancio Menéndez de Luarca y Máximo Cancio Menéndez de Luarca. 1890-1957.
  • Cuadernos resumen de cuentas de Juana Cancio Menéndez de Luarca. 1890-1937.
  • Cartas de Pepín Villaamil Cancio a sus padres. 1908-1909.
  • Hoja de servicios de Lino Villaamil Cancio. 1912-1919.
  • Cartas de Lino Villaamil Cancio a su madre y a su hermana Luisa. 1918-1919.
  • Cartas a Juana y Máximo Cancio sobre la muerte de Lino Villaamil Cancio. 1919.
  • Manifiesto con que los Diputados provinciales destituidos rinden sus cuentas y gestiones a los asturianos. 1924.
  • Cartas a Juana Cancio sobre localización de los restos de Lino Villaamil Cancio. 1926.
  • Genealogías de los Villaamil y los Logares, por Nicandro de Cancio y García-Armero. 19xx (a partir de un manuscrito de Francisco Antonio Villaamil y Logares, 171x).

Como se observa:

  1. En esta lista hay tanto documentos procedentes del archivo del Palacio de las Nogueiras, como documentos de otras procedencias y autores. La mayoría de ellos de Serantes y del antiguo concejo de Castropol.
  2. En su conjunto abarcan un periodo de tiempo de casi 1.000 años hasta la actualidad.
  3. Los documentos de los s. XI, XII y XIII están en latín. Y a partir del s. XIV todos los documentos, sin ninguna excepción, están escritos en español.

En estos casi 1.000 años no encontramos ni un solo documento escrito en la fala o gallego local. Ni tampoco en gallego canónico. Por tanto, el uso del gallego (tanto de la variante local, como del gallego canónico) en los documentos escritos ha sido nulo a lo largo de la historia.

Sin embargo, los numerosos topónimos locales que se citan en el «Libro de Memoria y Quenta» (1699- c.1870) del Palacio de las Nogueiras, aparecen todos escritos en su versión original en gallego, sin ningún intento de castellanizarlos. Con la casi única excepción del lugar de Vilanova, que sistemáticamente aparece como Villanueva. Además existen algunas palabras que, sin ser topónimos, expresan realidades muy específicas del entorno comarcal. Y en ese caso también se solía respetar el término en gallego autóctono, incluso llevándola hacia su versión en gallego canónico. El caso más frecuente de esto último es el de cortía, que a veces aparece como cortiña. Mientras que la excepción es eiro, que siempre aparece en español como heredad. Dado que todo ello sucede de manera sistemática a lo largo de tres siglos, no cabe atribuirlo a decisiones individuales, sino a una regla seguida conscientemente.

El uso del español como única lengua escrita no era, ni mucho menos, una situación exclusiva del Palacio de las Nogueiras ni de los Villaamil de Serantes. Sino algo absolutamente generalizado a toda la comarca entre el Eo y el Navia. Como ilustra, por ejemplo, la recopilación de documentos históricos de entre 1282 y 1815 del antiguo concejo de Castropol publicada por José Ramón Fernández de Luanco en 1882 con el título «Documentos históricos de Asturias» en la que la totalidad de los documentos se encuentran en español (y de la que proceden algunos de los documentos citados en la lista anterior sobre la familia Villaamil de Serantes).

De hecho, los primeros textos escritos de forma habitual o sistemática en la fala o gallego local no aparecen hasta ya entrado el s. XX en el periódico Castropol (1905-1924), y posteriormente en el El Aldeano (1929-1933). A continuación se muestran algunos fragmentos de textos escritos en la fala publicados en el periodico Castropol entre 1905 y 1919:


Fragmentos del artículo «CREPUSCULO» de Victoriano García de Paredes publicado en el nº 16 del Castropol el 20 de diciembre de 1905 (págs. 3 y 4).


Fragmentos del artículo «CREPUSCULO» de Victoriano García de Paredes publicado en el nº 22 del Castropol el 20 de febrero de 1906 (págs. 3-5).


Poema publicado en memoria de José Ramón Fernández de Luanco en el nº 27 del Castropol el 10 de abril de 1906 (pág. 11).


Publicado en el nº 120 del Castropol el 10 de noviembre de 1908 (pág. 7).


Fragmento del artículo «TAPIA. Piropos trapiegos» firmado por Pepe de Mingo (pseudónimo de Conrado Villar) publicado en el nº 128 del Castropol el 20 de enero de 1909 (pág. 6).


Fragmento del artículo «Sueño de una noche de Reyes (Poema del Eo)» de Pedro García Arias publicado en el nº 529 del Castropol el 20 de diciembre de 1919 (págs. 2 y 3).



A la vista de los textos anteriores, resulta evidente que la lengua y su ortografía corresponden a la lengua gallega, aunque con bastantes peculiaridades o diferencias con el gallego canónico. En concreto se puede destacar:

  • Se utiliza tanto la letra ll como la y: «fiya», «muyer», «abrielle», «vellos», «nun lle petara», «seylo», «consella», «voulle», «escolla», «meyor», «lle darey», «milla roupa», «foy», etc.
  • Para los masculinos se utilizan las terminaciones en -o y -os:  «elogio», «durmindo», «apagado», «comadreando», «voto», «Oviedo», «todo», «pinos», «meto», «novos», «vellos», «periódico», «político», «casado», «todos», «veño», «bolo» «bueno», «medo», «relámpago», «castaño», «veño», «vento», «rayo», «eo», «conto», «aveiro», «pobretiño», etc.
  • Generalmente se trata de textos escritos en español, en los cuales se utiliza la fala o gallego local únicamente para transcribir conversaciones orales en su literalidad. Por tanto, en estos primeros textos en la fala se pone de manifiesto nuevamente un uso oral de la fala.

La ortografía de los textos anteriores es totalmente concordante con la de los topónimos locales que aparecen en el «Libro de Memoria y Quenta» del Palacio de las Nogueiras.


El eonaviego o gallego-asturiano: manipulación asturianista de la fala

Siguiendo criterios científicos objetivos y elementales, el ámbito de actuación de cualquier academia científica viene establecido por la materia que es objeto de estudio, y no por ningún límite administrativo. De modo que a cualquier academia de la lengua le debe corresponder el estudio de una única lengua o dialecto en todo el territorio donde se habla.

Sin embargo, la Academia de la Llíngua Asturiana mantiene una Secretaría Llingüística del Eo-Navia con sede en Oviedo que ha realizado una normalización de la variante del gallego que se habla entre el río Eo y el Navia, de forma sesgada, arbitraria y muy discutible. A la cual ha denominado eonaviego y gallego-asturiano, términos inventados recientemente sin ningún rigor histórico ni lingüístico respectivamente para tratar de ocultar que se trata de un dialecto del gallego y para intentar hacer creer que existe una relación lingüística con el bable o asturiano equiparable a la existente con el gallego.

La normativa lingüistica y las publicaciones sobre el eonaviego existentes actualmente son las siguientes:

Es de destacar el hecho de que el eonaviego carezca de una gramática y de un diccionario, tratándose de una lengua o dialecto regulado y fomentado por la Academia de la Llíngua Asturiana y el gobierno del Principado de Asturias, que sin embargo sí los han desarrollado para el bable o asturiano.

La Academia de la Llíngua Asturiana publicó en 2003 el documento «Toponimia  nu 101. Conceyu de Tapia. Parroquia de Serantes», que es un listado de los topónimos de la parroquia de Serantes con una breve descripción de los mismos.

Según consta en el propio documento, fue financiado por el gobierno del Principado de Asturias con dinero público.

El documento utiliza la denominación de Tapia a secas para referirse al concejo de Tapia de Casariego. En 2003 —cuando fue publicado el documento— el uso de esa denominación era ilegal en los documentos públicos y oficiales, pues desde 1916 el único nombre oficial del municipio ha sido Tapia de Casariego.

Según afirma la propia Academia de la Llíngua Asturiana, este documento refleja las características propias del gallego-asturiano. Sin embargo, ya el mismo título presenta una asturianización forzada del término gallego Conceyo, que es la forma utilizada en la fala local, haciéndolo terminar en -u como el bable.

Todos los topónimos de Serantes lo son en lengua gallega. Sin embargo, los autores los han alterado deliberadamente para asturianizarlos sin ningún pudor, llegando al extremo de escribir el topónimo Villamil —escrito siempre con ll desde el año 1086— como Viyamil.

Descripción de «Toponimia  nu 101» según la Academia de la Llíngua Asturiana.

Se transcribe a continuación la lamentable descripción que se hace de la casa solariega de Villaamil y de la fortaleza de Orbelle:

Para empezar nadie de Serantes ni de Tapia de Casariego diría nunca «que yera´l palaciu de los Villamil», sino «que foy el palacio dos Villaamil». Tampoco «nes escritures», sino «nas escrituras». Este texto no corresponde en modo alguno con la fala que se habla en Serantes y en Tapia de Casariego, sino que ha sido escrito en el bable o asturiano que se ha inventado recientemente la Academia de la Língua Asturiana y que es una lengua totalmente ajena a todo el territorio situado entre los ríos Eo y Navia.

Los errores en la información histórica sobre la casa solariega de Villaamil y la fortaleza de Orbelle ponen de manifiesto que la Academia de la Llíngua Asturiana ha recurrido a su célebre «método de la libreta», consistente en preguntar a pie de calle al primer vecino o transeúnte que se encuentran, sin realizar ningún contraste de la información ni investigar otras fuentes como las históricas. Ni Fernando Villaamil fue almirante, ni la casa solariega en la que nació estuvo jamás pegada a un asilo —ya que este fue construido por el gobierno del Principado de Asturias en la parcela de la casa después de su destrucción—, ni por supuesto el moderno palomar existente actualmente sobre los restos medievales de la fortaleza de Orbelle fue nunca una torre de vigilancia del Palacio de Lindoy.

Sin embargo, en cuanto a la ortografía del lugar de Villamil y la casa solariega de Villaamil en Serantes, que aparecen escritos con y, no es posible que el testimonio de ningún vecino haya incurrido en tal error. Nos encontramos necesariamente ante un acto de manipulación lingüística totalmente consciente e intencionado realizado por la Academia de la Llíngua Asturiana.

Esta manipulación ortográfica resulta particularmente significativa, en la medida en que no hacía falta documentarse ni tener el más mínimo conocimiento de la historia del antiguo concejo de Castropol y de Serantes. Habría bastado un simple vistazo al escudo de Tapia de Casariego —en el que aparece escrito el lema familiar «Villaamil avante con esta cruz delante»— o una visita al parque de Castropol, a la plaza del Campogrande junto al ayuntamiento de Tapia de Casariego o a la iglesia parroquial de Serantes donde se encuentran monumentos y lápidas en memoria de Fernando Villaamil para haber prevenido a los autores contra su atrevimiento manipulador.

Esto es sólo un mero ejemplo que pone de manifiesto cómo la Academia de la Llíngua Asturiana se ha inventado las reglas ortográficas del gallego-asturiano sin ningún pudor, en contra de todas las fuentes históricas. Por ejemplo en el uso de la y en lugar de la ll, o el uso de terminaciones en -u.

Todo ello ilustra la manipulación y los intentos sistemáticos de colonialismo nacionalista asturiano por parte de la Academia de la Llíngua Asturiana y del gobierno del Principado de Asturias en el territorio entre el Eo y el Navia. Así como la insolvencia científica y el desconocimiento de la historia y la realidad lingüística y social del occidente de Asturias por parte de ambos organismos. 

 

Fragmentos de la traducción realizada en 1728 de un documento del año 1210 (era hispánica de 1248) sobre la iglesia de Serantes en el que se menciona el lugar de Villaamill y la firma de su autor Baltasar José Villaamil y Logares, dueño del Palacio de las Nogueiras.

 

Fragmentos de un documento del año 1607 en el que se menciona a Fernando Álvarez de Villaamill y Bolaño, señor de la casa solariega de Villaamil y a Ares Fernández de Villaamill, dueño del Palacio de las Nogueiras.

 

Lugar o barrio de Villamil en Serantes. Al fondo el edificio levantado por el gobierno del Principado de Asturias sobre la parcela de la antigua casa solariega de Villaamil del s. XII.


La manipulación de la lengua en la Tierra de Burón y la Tierra de Grandas

El señorío del Honor del Suarón o Tierra de Ribadeo limitaba por el sur con el señorío feudal del Honor de Grandas o Tierra de Grandas, cuyo territorio abarcaba aproximadamente el actual concejo asturiano de Grandas de Salime y gran parte de los actuales concejos de Fonsagrada y de Negueira de Muñiz en la provincia de Lugo.

El Honor de Grandas estaba subordinado administrativamente a las tenencias de los castillos de Burón y de Cancio, que se localizan respectivamente en los actuales concejos de Fonsagrada y de Negueira de Muñiz. El señorío del Honor de Grandas fue donado en el año 1186 al obispado de Oviedo por el rey Fernando II de León y su hijo Alfonso IX. Todo este territorio perteneció a Asturias desde entonces hasta la realización de la actual división provincial de España en 1833.

Dentro de este territorio los actuales concejos de Fonsagrada y de Negueira de Muñiz integraban el antiguo concejo de Burón o Tierra de Burón.

En todo el territorio de la Tierra de Burón y la Tierra de Grandas también se habla la fala o variante local del gallego de entre los ríos Eo y Navia. Sin embargo en los actuales concejos de Fonsagrada y de Negueira de Muñiz, que pertenecen a Galicia desde 1833, el gobierno de la Xunta de Galicia y la Real Academia Galega han impuesto el uso y la enseñanza del gallego canónico. Mientras que por su parte el gobierno del Principado de Asturias y la Academia de la Llíngua Asturiana han introducido la enseñanza del gallego-asturiano contaminado con bable en los colegios del concejo de Grandas de Salime, que sigue perteneciendo a Asturias.
 

La Tierra de Grandas y la Tierra de Burón.
Coordenadas UTM. Datum ETRS89. Huso 29N.



El gallego de Asturias: manipulación galleguista de la fala

La Real Academia Galega ha realizado otra normalización lingüistica diferente de la fala, a la que ha denominado gallego de Asturias.

Entre las entidades galleguistas que han producido o editado libros sobre el gallego de Asturias destacan la Asociación Abertal del Eo-Navia, la Mesa Prá Defensa del Galego de Asturias e da Cultura da Comarca y el Área de Normalización Lingüística de la Universidad de Vigo, entre cuya producción bibliográfica destaca la siguiente:

Conviene resaltar el hecho de que el gallego de Asturias disponga no sólo de unas normas ortográficas sino también de un diccionario y de una gramática, elementos básicos y elementales para cualquier lengua o dialecto de los que carece el eonaviego de la Academia de la Llíngua Asturiana. Además, el gallego de Asturias dispone también de un repertorio toponímico mientras que, como se ha señalado anteriormente, la Academia de la Llíngua Asturiana se ha inventado una supuesta toponimia del Eo-Navia en bable o asturiano (lengua que, como se ha expuesto anteriormente, es totalmente ajena a este territorio) pero no lo ha hecho en eonaviego.

Pero sin duda de entre todas las obras anteriores destaca el diccionario por su alta calidad y por el ingente trabajo que ha tenido que requerir. Todas las palabras en fala que hemos buscado las hemos encontrado recogidas y correctamente definidas.

Como se ve, el corpus doctrinal del gallego de Asturias es muchísimo más extenso, completo y robusto que el del eonaviego.

No obstante, en los documentos mostrados anteriormente se evidencia una manipulación ortográfica mediante la introducción de características del gallego canónico que le son totalmente ajenas a la fala:

  • Resulta muy llamativa y escandalosa la desaparición de la letra y y su sustitución sistemática por la ll. De hecho en la página 7 del documento «Normas ortográficas e morfolóxicas del galego de Asturias» figura un pretendido alfabeto de la fala en el que directamente falta la y.
  • Como se ha expuesto anteriormente la y aparece en los topónimos en fala del «Libro de Memoria y Quenta» (1699- c.1870) del Palacio de las Nogueiras y en los primeros textos escritos de forma habitual o sistemática en la fala en el periódico Castropol (1905-1924) que se han mostrado anteriormente. Palabras como muyer (mujer), fiyo (hijo) o veyo (viejo) se escriben con y en fala.
  • Volviendo al caso significativo del topónimo Villamil de la parroquia de Serantes, en la página 64 el documento «Repertorio toponímico e xentilícico da Terra Eo-Navia» aparece galleguizado como Vilamil, palabra que nadie utiliza ni ha utilizado nunca en Serantes. En este caso nos encontramos ante una manipulación lingüistica de la Real Academia Galega exactamente igual de burda y escandalosa que la realizada por la Academia de la Llíngua Asturiana con su Viyamil.

A priori la Real Academia Galega sería una entidad infinitamente más legitimida que la Academia de la Llíngua Asturiana para el estudio de la fala del Eo-Navia. Pues la fala es indiscutiblemente un dialecto del gallego y, como hemos señalado anteriormente, el ámbito de actuación de cualquier academia científica viene establecido por la materia que es objeto de estudio y no por ningún límite administrativo. Sin embargo, la manipulación galleguista de la fala que realiza y promueve la Real Academia Galega pone de manifiesto que esta institución en ningún caso es el organismo adecuado para el estudio de esta lengua.

En cuanto al Área de Normalización Lingüística de la Universidad de Vigo, es inadmisible que este organismo pretenda inventarse la ortografía de todo el vocabulario de la fala y de todos los topónimos en el territorio del Eo-Navia.

Por otra parte, como se ha expuesto anteriormente la fala también se habla en los concejos gallegos de Fonsagrada y Negueira de Muñiz. Y la Real Academia Galega y el gobierno de la Xunta de Galicia han impuesto a los habitantes de ambos concejos la enseñanza y el uso del gallego canónico como lengua cooficial en lugar de su fala. La denominación galego de Asturias que utiliza la Real Academia Galega tiene dos finalidades:

  • Negar que lo que se habla en los municipios gallegos de Fonsagrada y Negueira de Muñiz es fala y no gallego canónico.
  • Ocultar el atentado lingüistico y cultural perpetrado por la Real Academia Galega y el gobierno de la Xunta de Galicia contra la fala y sus hablantes en Galicia al imponerles el uso del gallego canónico como lengua cooficial.

Por estos motivos la denominación gallego de Asturias no puede aceptarse bajo ningún concepto para la fala.

Por último, debemos deternernos en la supuesta bandera del Eo-Navia  que ilustra la portada del diccionario y la del informe lingüistico del gallego de Asturias. En el sitio web nacionalista gallego www.bandeiragalega.com se encuentra una descripción de esa bandera, que se transcribe a continuación: 

Supuesta bandera del Eo-Navia según el nacionalismo gallego.

Fuente: http://www.bandeiragalega.com. Fecha de la consulta febrero de 2024.

Respecto a este texto debemos hacer las siguientes consideraciones:

  • Es falso que la bandera verde y blanca sea la bandera de la villa de Castropol. Esa bandera tiene su origen en la camiseta que utiliza desde 1950 el Club de Mar de Castropol, que se había fundado un año antes. El único motivo por el cual entonces se eligió el color verde es que el rojo y el azul ya estaban usados por otros clubes asturianos de remo (Soto del Barco y Avilés). En cuanto a la franja de color blanco se añadió para dar mayor visibilidad a distancia.
    Tanto la Puebla de Castropol como el Concejo y Alfoz de la Puebla de Castropol se fundaron en 1298 por orden del obispo de Oviedo, aunque Castropol era un lugar ya habitado con anterioridad. Esta fundación es 652 años anterior a la invención de esa bandera del Club de Mar de Castropol en 1950.
    La bandera correcta de Castropol sería en todo caso de color azul, que es el color que aparece como fondo de su escudo histórico.
  • La bandera con la Cruz de Borgoña no era del Regimiento de Infantería de Línea de Castropol. Como señala José Luis Calvo Pérez en su libro «El Regimiento de Infantería de Línea de Castropol» esa bandera era la que utilizaban todas las unidades de los ejércitos de tierra españoles (no así la Armada, que desde mediados del s. XVIII ya utilizaba la actual bandera rojigualda).
    De hecho los 20 regimientos de infantería que se crearon en cada uno de los principales concejos de Asturias durante la Guerra de la Independencia —y no sólo el de Castropol— usaron todos esa misma bandera con la Cruz de Borgoña, aunque cada uno la personalizó con cuatro escudetes en cada una de sus esquinas. En el caso de Castropol se cree que esos escudetes contenían la Cruz de Los Ángeles, escudo de la ciudad de Oviedo, en alusión a la pertenencia del concejo de Castropol al señorío eclesiástico del Honor del Suarón que perteneció al obispado de Oviedo desde 1154 hasta su desamortización entre 1579 y 1584.
    En cuanto a la bandera que se conserva en la iglesia de Castropol es la del regimiento de infantería de Málaga (en el que se integraron los soldados del regimiento de Castropol muy al final de la guerra) y en sus cuatro escudetes tiene la alcazaba de Málaga.
  • En el supuesto de que no se quiera atender a las dos consideraciones anteriores porque, de forma consciente e intencionada, se pretende prescindir de la información histórica y limitarse únicamente al significado reciente o actual de los símbolos, entonces debe tenerse en cuenta que la Cruz de Borgoña es utilizada desde 1935 por el carlismo como movimiento político, siendo este el significado que indudablemente tiene para cualquier persona actualmente. Por ello es un símbolo absolutamente inadecuado para una bandera del Eo-Navia.
  • Además, en el escenario de que se desee prescindir por completo de la información histórica, sigue siendo totalmente pertinente la diferenciación entre la bandera de Castropol y la del Club de Mar de Castropol.
  • En el mismo sitio web hay otra página sobre la bandera de la comarca de El Bierzo según la cual los colores blanco y azul de su fondo son los del escudo y la bandera del club de fútbol Sociedad Deportiva Ponferradina, que fueron utilizados por primera vez como supuesta bandera de El Bierzo en 1978 por un ciudadano particular en unas pegatinas.
    Parece que la pretendida bandera del Eo-Navia es realmente una copia de la de El Bierzo sustituyendo la bandera del club de fútbol de la Ponferradina por la del Club de Mar de Castropol.
Como vemos, la pretendida bandera del Eo-Navia ha sido inventada recientemente por el movimiento nacionalista gallego sin el más mínimo rigor histórico. Y por supuesto tampoco tiene ningún carácter oficial, ni tampoco ningún consenso académico ni social. Su utilización en los documentos lingüisticos del gallego de Asturias —y particularmente en la portada del diccionario— muestra el carácter político y politizado de dichos documentos y su absoluta falta de rigor.
 

En la citada página web en la que se describen esas banderas figura una reseña histórica de la comarca del Eo-Navia (que se transcribe a continuación) en la que se afirma que con anterioridad a la donación del Honor del Suarón al obispado de Oviedo en 1154 la comarca perteneció a la diócesis gallega de Britonia, afirmación que no está respaldada por ninguna fuente histórica. Además, se trató de una donación de un señorío feudal realizada por el emperador Alfonso VII y no de una transferencia administrativa entre los obispados como se dice en el texto.  

A partir del s. XIV se utilizó el término Tierra de Ribadeo para referirse al señorío eclesiástico del Honor del Suarón, que como se ha comentado pertenecía al obispado de Oviedo desde el s. XII. Sin embargo, en contra de lo que se hace creer en el texto, el término Tierra de Ribadeo no guarda ninguna relación con el Burgo de Ribadeo (actual población gallega de Ribadeo), sino que en ambos casos el término Ribadeo procede de la ría del Eo.

El texto asimila el Eo-Navia con el territorio del señorío del Honor del Suarón y omite toda referencia al señorío del Honor de Grandas o Tierra de Grandas, cuyo territorio también forma parte del Eo-Navia. Como se ha señalado anteriormente, este territorio abarcaba aproximadamente el actual concejo de Grandas de Salime en Asturias y gran parte de los actuales concejos de Fonsagrada y de Negueira de Muñiz en la provincia de Lugo.

En el texto también se afirma que entre 1810 y 1833 y en 1856 el Eo-Navia perteneció a Galicia, lo cual también es falso (excepto los ya citados municipios de Fonsagrada y Negueira de Muñiz, que desde 1833 pertenecen a Galicia y anteriormente pertenecieron siempre a Asturias).

Al menos desde el s. XII hasta la actualidad el Eo-Navia (excepto Fonsagrada y Negueira de Muñiz desde 1833, como se ha señalado) ha pertenecido siempre a Asturias, contando desde la Edad Media con procuradores en la Junta General del Principado, hecho que se omite deliberadamente.

Y también es falso que la Comarca del Eo-Navia exista institucionalmente ni tenga ningún tipo de reconocimiento legal o administrativo desde la creación del Estado de las Autonomías. Ni la parte que sigue formando parte de Asturias ni tampoco la que pertenece a Galicia desde 1833.

Fuente: http://www.bandeiragalega.com.
Fecha de la consulta febrero de 2024.

Es imposible que todas estas falsedades sean fruto de un error involuntario o del desconocimiento, sino que nos encontramos ante una manipulación consciente y deliberada progalleguista.


El bable o asturiano: manipulación asturianista del asturleonés

La figura de la derecha muestra un mapa de los dialectos asturleoneses, que son un conjunto de diferentes dialectos del español o castellano.

Como se observa, el dominio lingüístico asturleonés no abarca toda la actual provincia de Asturias (cuyos límites fueron establecidos en 1833), sino únicamente su parte central. Esta distribución geográfica corresponde aproximadamente con el territorio de la tribu prerromana de los astures, que limitaba por el oeste en el río Navia con el de las tribus galaicas y por el este en el Sella con el de las tribus cántabras.

Por otra parte, como se aprecia en la figura, los límites de la actual provincia de Asturias por el sur, en la cordillera Cantábrica, no se corresponden con ninguna frontera lingüística ni dialectal. Sino que los diferentes dialectos asturleoneses existentes en Asturias tienen total continuidad en la provincia de León.

De modo que la pretensión del gobierno del Principado de Asturias y de la Academia de la Llíngua Asturiana de que el bable o asturiano existe como una lengua única y uniforme, cuyos límites además coinciden casualmente con los establecidos en 1833 para la provincia de Asturias es una manipulación de la realidad.

Mapa dialectal del asturleonés. Fuente: modificado de wikipedia
https://es.wikipedia.org/wiki/Dialecto_berciano.

El vocabulario de los diferentes dialectos asturleoneses que se hablaban en la parte central de Asturias estaba restringido a la vida agrícola, ganadera y forestal en el medio rural. En los textos administrativos, jurídicos, filosóficos, científicos y técnicos —y en general cualquiera que trate sobre cuestiones de la vida moderna— las limitaciones de estos dialectos son especialmente patentes. Por ello, casi todo el vocabulario del bable que ha normalizado la Academia de la Llíngua Asturiana son palabras cogidas del español a las que les han realizado unas modificaciones ortográficas leves y forzadas (como el uso de la y o la x) especialmente en los sufijos y terminaciones (-u y -us para el masculino en lugar de -o y -os, y para el femenino cambiar -a y -as  por-e y -es).

A continuación se transcribe como ejemplo un texto escrito en bable por el Gobiernu d'Asturies:

El gobierno del Principado de Asturias se dedica a publicar los acuerdos de su Consejo de Gobierno en bable, que no es una lengua oficial ni cooficial. Y que además no es una lengua de todos los asturianos ni de todo Asturias.

Leyendo el texto anterior en bable se aprecia inmediatamente su fuerte dependencia del vocabulario y la gramática españolas.

En definitiva, el bable no se puede considerar una lengua o idioma desde ningún punto de vista. De hecho, lo que realmente existe o existía no es un dialecto único, sino un conjunto de diferentes dialectos o modismos del español.

La normalización lingüística, consistente en la alteración de la realidad sociolingüística sin ninguna base histórica real mediante la imposición del bable y del gallego-asturiano manipulado con bable que ha normalizado la Academia de la Llíngua Asturiana, supone un ataque contra la libertad personal y los derechos lingüísticos individuales de los ciudadanos. Pero además es una grave amenaza para la superviviencia de la fala y de los diferentes dialectos asturleoneses que existen o existían en Asturias y que son, precisamente, lo que se supone que tienen como objetivo proteger tanto el gobierno del Principado de Asturias como la Academia de la Llíngua Asturiana.


La transición entre los dialectos del gallego y los dialectos asturleoneses

Fuera de Galicia también se hablan otras variantes del gallego en parte de El Bierzo (provincia de León), y en algunos pueblos sanabreses (provincia de Zamora). También en el valle del Jálama, al noroeste de la provincia de Cáceres («fala de Xálima»).

Distribución geográfica del gallego y sus dialectos.

La figura de la derecha muestra la distribución geográfica de los dialectos del gallego y los dialectos asturleoneses en las provincias de León y Zamora y cómo la transición entre ellos se produce siguiendo una franja orientada en dirección norte-sur con forma estrecha y muy irregular.

La transición entre los dialectos del gallego y los dialectos asturleoneses no se produce de forma sustancialmente diferente al norte y al sur del límite provincial entre Asturias y León. Porque la geografía de las lenguas y dialectos no obedece a las divisiones administrativas, y sobre todo porque el origen de las lenguas y dialectos es muchos siglos anterior a la actual división provincial establecida en 1833.

Zonas de habla gallega, asturleonesa y castelleana en las provincias de León y Zamora. Fuente: modificado de wikipedia https://es.wikipedia.org/wiki/Dialecto_berciano.

De modo que la pretensión de la Academia de la Llíngua Asturiana y el gobierno del Principado de Asturias de que el eonaviego o gallego-asturiano que se han inventado recientemente es una lengua de transición o una mezcla entre el gallego canónico y el bable o asturiano es una manipulación de la realidad. Para ello la Academia de la Llíngua Asturiana ha contaminado la fala con bable para obtener de este modo su eonaviego o gallego-asturiano.

La transición entre la fala o dialecto local del gallego que se habla entre los ríos Eo y Navia y los dialectos asturleoneses que se hablan o hablaban en la parte central de Asturias se localiza en la sierra del Palo al este del río Navia. Esta transición lingüística es geográficamente concordante y bastante análoga a la transición entre dichas lenguas y dialectos en las provincias de León y Zamora mostrada en la figura anterior.


Las mentiras y falsedades de la Academia de la Llíngua Asturiana sobre la realidad sociolingüística y el marco legal lingüístico

A continuación se analizan las afirmaciones que realiza la Academia de la Llíngua Asturiana sobre el marco legal lingüsitico y la realidad sociolingüística de Asturias en general y del territorio comprendido entre los ríos Eo y Navia en particular, en los siguientes documentos:

De entrada es muy revelador que este informe sobre la fala o dialecto local del gallego del territorio comprendido entre los ríos Eo y Navia no haya sido escrito en dicha fala. Ni tampoco en español o castellano. A pesar de que estas son las dos únicas lenguas autóctonas en este territorio, y de que el español es la única lengua oficial.

Sino que está escrito en el bable o asturiano que se ha inventado recientemente la Academia de Llíngua Asturiana, y que es una lengua totalmente ajena a este territorio. Se trata de otro acto más de prepotencia y colonialismo asturianista de la Academia de Llíngua Asturiana y del gobierno del Principado de Asturias.

El texto anterior del informe contiene las siguientes falsedades y mentiras:

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Estatuto de Autonomía para Asturias la única denominación oficial de la comunidad autónoma es la de Principado de Asturias. Los términos AsturiesPrincipáu d'Ásturies no son oficiales y su uso por parte de la Academia de la Llíngua Asturiana y por el propio gobierno del Principado de Asturias es manifiestamente ilegal.
    Debe tenerse en cuenta que jurídicamente los topónimos Lérida, Gerona, Villalba, Bayona o Tuy en español o castellano carecen de validez oficial, ya que sólo la tiene su versión en catalán Lleida y Girona y en gallego Vilalba, Baiona y Tui. De modo que en los documentos públicos y oficiales es obligatorio utilizar únicamente esos topónimos en catalán y gallego, incluso cuando se escribe en español o castellano. Análogamente y por el mismo motivo, en cualquier documento público o pagado con dinero público es obligatorio utilizar únicamente el término Principado de Asturias en español o castellano por ser el único oficialmente válido por ley. Incluso cuando se escribe en cualquier otra lengua, en este caso en bable o asturiano.
  • Es falso que la lengua propia de Asturias sea el bable o asturiano. A este respecto cabe señalar:
    • No existe el concepto de lengua propia que utiliza la Academia de la Llíngua Asturiana. Las personas tienen lengua materna. Y los territorios en España tienen lenguas oficiales y lenguas cooficiales conforme al artículo 3 de la Constitución Española.
    • La única lengua oficial en Asturias es el español o castellano.
    • El bable o asturiano que se ha inventado la Academia de Llíngua Asturiana no tiene el carácter legal de lengua oficial ni tampoco de lengua cooficial conforme a lo establecido en el Estatuto de Autonomía para Asturias. Y los dialectos asturleoneses que se hablan o hablaban en la parte central de Asturias nunca han tenido el carácter de lengua oficial ni tampoco de lengua cooficial a lo largo de la historia.
    • El bable o asturiano es una lengua totalmente ajena a todo el territorio comprendido entre los ríos Eo y Navia, cuyas únicas lenguas autóctonas son la fala o dialecto local del gallego y el español o castellano. Este territorio supone casi una quinta parte de la superficie de Asturias.
    • De modo que la única lengua común a todo Asturias y a todos los asturianos es el español o castellano.
  • Se afirma que la generalidad de la población asturiana conoce y usa el bable o asturiano. Esto es pura y simplemente mentira:
    • Los dialectos asturleoneses que se hablan o hablaban en el medio rural de la parte central de Asturias son actualmente dialectos muy minoritarios y sin apenas hablantes.
    • El bable o asturiano que se ha inventado recientemente la Academia de Llíngua Asturiana no tiene apenas hablantes a pesar de los grandísimos esfuerzos de la Academia de Llíngua Asturiana y el gobierno del Principado de Asturias para imponer esta lengua a los ciudadanos. Todo ello pagado con ingentes cantidades de dinero público.
      La «III encuesta sociolingüística de Asturias» afirma que el 90% de los ciudadanos asturianos entienden el bable o asturiano; el 62% lo hablan y lo entienden; el 38% lo entienden, lo hablan y lo leen; y el 25% lo entienden, lo hablan, lo leen y lo escriben.
      Cualquier lector hispanohablante puede comprobar fácilmente cómo es perfectamente capaz de entender el texto anterior o cualquier otro texto escrito en bable o asturiano. Además, la mayoría de los hispanohablantes no han leído ni escuchado el bable o asturiano nunca antes en su vida, y aún así son perfectamente capaces de leerlo. Esto es así porque las diferencias del bable con el español o castellano son leves y forzadas. De modo que el 100% de la población asturiana —y no el 38% como afirma la encuesta— es totalmente capaz de leer el bable o asturiano. Al igual que el 100% de la población española o el 100% de la hispanoamericana. Este hecho evidencia que los resultados de la encuesta no son en modo alguno creíbles.
      La realidad es que el porcentaje de ciudadanos asturianos que hablan el bable o asturiano es manifiestamente muy inferior al 62% que pretenden los autores de la encuesta. Y el porcentaje de ciudadanos asturianos que lo escriben es muy inferior al 25%.
      Por otra parte, resulta igualmente sorprendente que en la encuesta se pregunte únicamente por el bable o asturiano y por el español o castellano, ignorando deliberadamente a la fala o variedad local del gallego de entre los ríos Eo y Navia. Entre otras cosas porque en la metodología se afirma que el diseño muestral se ha realizado en 40 secciones censales de 15 municipios, uno de los cuales pertenciente a la zona del Eo-Navia. De modo que a los habitantes del territorio comprendido entre el Eo y el Navia se les ha preguntado por el bable o asturiano —lengua que les es totalmente ajena— en lugar de por su fala gallega. Este hecho pone de manifiesto nuevamente la absoluta inconsistencia de la encuesta y la insolvencia de sus resultados.
      También es revelador que los autores de la encuesta exponen como algo positivo que supuestamente el 22% de los ciudadanos asturianos no se consideren capaces de expresarse correctamente en español o castellano, y que de ellos el 93% no lo consideren algo vergonzoso. Estos datos afortunadamente tampoco resultan creíbles, pero ilustran cuál parece ser el objetivo de la Academia de la Llíngua Asturiana: promover el desconocimiento del español o castellano. Todo ello evidencia hasta qué punto la existencia de la Academia de la Llíngua Asturiana y su actividad suponen un daño para la educación y el desarrollo personal, cultural, intelectual, profesional y económico de los ciudadanos asturianos.
      El conocimiento del español o castellano es un deber conforme al mencionado artículo 3 de la Constitución Española. De modo que parece que la Academia de la Llíngua Asturiana promueve el incumplimiento de la Constitución. Dado que se trata de un organismo sostenido con dinero público por el gobierno del Principado de Asturias, su actividad roza la malversación y la prevaricación administrativa, tipificadas como delitos.
  • El informe afirma que sólo el 4% o menos de la población asturiana habla la fala o dialecto local del gallego de entre los ríos Eo y Navia. Después de haber afirmado previamente que la lengua propia de Asturias es el bable o asturiano y que lo conoce y usa la generalidad de la población asturiana. Por tanto, se afirma implícitamente que la fala es una lengua residual o minoritaria en comparación con el bable o asturiano.
    Esto es simplemente falso. Mientras que el bable o asturiano es una lengua minoritaria y sin apenas hablantes, la fala o dialecto local del gallego es la lengua materna muy mayoritaria entre la población del territorio comprendido ente los ríos Eo y Navia, y ha sido así tanto históricamente como en la actualidad. Este territorio supone casi el 20% de la superficie de Asturias.
    La Academia de la Llíngua Asturiana y el gobierno del Principado de Asturias utilizan la despoblación del territorio comprendido entre los ríos Eo y Navia para justificar el ataque a los derechos lingüisticos de sus habitantes. Cuando esa despoblación es consecuencia principalmente del abandono, la falta de inversiones y gasto público y la deficiente prestación de servicios públicos por parte del gobierno del Principado de Asturias en este territorio.
Por último, la Academia de la Llíngua Asturiana utiliza nuevamente en este informe denominaciones ilegales para los concejos, en un documento que ha sido financiado con dinero público. Particularmente para el concejo de Tapia de Casariego, ya que en 2009 —cuando fue publicado el informe— el único nombre oficial válido era Tapia de Casariego.


La intencionalidad política de la manipulación nacionalista

Propaganda política nacionalista en la web de la Real Academia Galega, que revela, entre otras cosas, un profundo desprecio y desconocimiento de los dialectos del gallego y su geografía. Manuel Murguía, fundador y primer presidente de la Real Academia Galega, era nacionalista, racista y antisemita. Fuente: https://academia.gal. Fecha de la consulta: 25 de julio de 2019.


El coste económico y el coste de oportunidad

El «Estudio sobre el marco adecuado para la planificación y desarrollo de la normalización del uso de la lengua asturiana y el gallego-asturiano en el ámbito del Principado de Asturias» ha sido coordinado por el profesor de la Universidad de Oviedo Miguel Presno y contratado y pagado por la consejería de Cultura del gobierno del Principado de Asturias.

El gobierno del Principado de Asturias ha venido ocultando la existencia de este informe a la opinión pública y a los diputados y grupos parlamentarios de la Junta General del Principado de Asturias desde el año 2020. Mientras proponía y defendía la reforma del Estatuto de Autonomía para Asturias para imponer la cooficialidad del bable o asturiano y del gallego-asturiano o eonaviego. Hasta febrero de 2022 la existencia del estudio del profesor Presno no ha salido a la luz.

El estudio considera como escenario o hipótesis el mismo que el de la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía para Asturias realizada por el gobierno del Principado de Asturias:

  • Que el bable o asturiano sea cooficial en todo Asturias incluidas todas las zonas en las que no se hablan los dialectos asturleoneses.
  • Que el gallego-asturiano o eonaviego manipulado con bable sea lengua cooficial únicamente en el territorio entre los ríos Eo y Navia en el que se habla la fala.

Este planteamiento sitúa a los hablantes de la fala en inferioridad de condiciones respecto a los hablantes de los dialectos asturleoneses, al imponerles una lengua que les es totalmente ajena. Además de imponer a todos los asturianos unas lenguas manipuladas y que no son comunes o compartidas por todos ellos.

El estudio del profesor Presno cuantifica en 172 millones de euros el coste anual de la implantación de ese escenario o hipótesis. Este coste es mayor que todo el presupuesto público destinado a la Universidad de Oviedo. O también que todo el coste destinado a hacer frente a la epidemia de Covid-19 en Asturias. Además, el coste de implantar en todo Asturias también la cooficialidad de la fala o variedad del gallego de entre los ríos Eo y Navia sería significativamente superior a esos 172 millones de euros anuales.

A parte y además de esos 172 millones de euros anuales, en la actualidad el gobierno del Principado de Asturias viene gastando dinero público en financiar a la Academia de la Llíngua Asturiana, en introducir el bable y el gallego-asturiano manipulado con bable en el sistema educativo, en poner toda su página web institucional en bable y en una televisión autonómica pública utilizada como medio de propaganda política y manipulación lingüística.

Mientras tanto, los habitantes del territorio situado entre el Eo y el Navia sufren desatención en servicios públicos básicos. En los últimos años se ha venido denunciando una fuerte reducción en prestaciones médicas esenciales en el hospital comarcal de Jarrio (Navia). E incluso el temor a que el gobierno del Principado de Asturias directamente cierre el hospital y deje a todos los habitantes del Eo-Navia totalmente desatendidos sanitariamente.

Para entender la importancia de este hospital debe tenerse en cuenta que un vecino del núcleo urbano de Grandas de Salime se encuentra a casi una hora y media del hospital de Jarrio (por el Corredor del Navia AS-12) y a dos horas y cuarto del Hospital Universitario Central de Asturias en su vehículo particular por carreteras de montaña. Desde fuera de los núcleos urbanos, por la noche o con meteorología adversa estos tiempos son sensiblemente mayores. Y el trayecto de ida y vuelta de una ambulancia puede ser del doble de tiempo suponiendo que la emergencia se atienda inmediatamente.

En marzo de 2020, durante la primera ola de la crisis sanitaria provovada por el virus SARS-CoV-2 o enfermedad Covid-19, los centros de salud de Castropol y Figueras fueron cerrados, al igual que los de La Caridad, San Tirso de Abres, Santa Eulalia de Oscos, Villanueva de Oscos, Pesoz, Poncticiella e Illano. Esto obligó a la población rural a desplazarse grandes distancias por sus propios medios para recibir la atención sanitaria cotidiana y elemental. Los ciudadanos de las zonas rurales de Asturias tienen el mismo derecho a la atención sanitaria que los de las aglomeraciones urbanas y las zonas densamente pobladas. Y además, a diferencia de estos últimos, su acceso a la sanidad está muy fuertemente limitado también por otros factores como las insuficientes infraestructuras viarias en un medio con unas durísimas orografía y climatología, y la escasez de transporte público —o incluso su total inexistencia para las viviendas situadas fuera de los núcleos urbanos—. El envejecimiento de la población agrava todos estos graves problemas de acceso a la sanidad en el medio rural.

Del orden del 80% de los enfermos que en marzo de 2020 presentaban síntomas de Covid-19 no necesitaban ser ingresados en un hospital, pero todos ellos requierían un seguimiento médico permanente de su evolución ya que el 20% restante sí eran ingresados o fallecían. Por lo que el cierre de los centros de salud rurales no sólo supuso un maltrato muy duro e injusto sobre la salud, e incluso la vida, de esos ciudadanos. Sino que además ha sido una medida temeraria que podría haber provocado una auténtica catástrofe sanitaria si durante la primera ola de la epidemia las tasas de contagio en las zonas rurales de Asturias no hubieran sido afortunadamente exiguas, al contrario de lo que ha sucedido en gran parte del país. Como por ejemplo en la provincia de Soria, una de las más trágicamente castigadas por la epidemia en la primera ola, y que se caracteriza por su ruralidad, su bajísima densidad de población y su envejecimiento. Características totalmente similares a las zonas rurales de Asturias. Además durante la segunda ola en otoño de 2020 varios concejos asturianos situados en la cordillera Cantábrica, como Cangas del Narcea, Teverga, Lena y Onís, fueron afectados por tasas altas de incidencia de la enfermedad. En cualquier caso, en marzo de 2020 existía un gran desconocimiento sobre la transmisibilidad de la epidemia y sus mecanismos de contagio e infección, pese a lo cual las autoridades sanitarias del gobierno del Principado de Asturias cerraron los centros de salud rurales.

Además de las deficientes prestaciones sanitarias —tanto hospitalarias como de atención primaria— en todo el territorio comprendido entre los ríos Eo y Navia, son muchos los problemas graves de Asturias y de los asturianos que el gobierno del Principado mantiene desatendidos, mientras destina importantes recursos económicos y administrativos al bable y el gallego-asturiano manipulados. Entre ellos cabe citar:

Insuficientes instalaciones de depuración de aguas residuales en Serantes (638 habitantes censados en 2020, que en verano se duplican o triplican) en Tapia de Casariego. El vertido de aguas fecales además de constituir un evidente peligro sanitario y para la conservación de la naturaleza, también destruye actividad económica y empleo al afectar a la playa como recurso turístico, por lo que contribuye a la despoblación del Eo-Navia. Coordenadas UTM. Datum ETRS89. Huso 29N.


La Real Academia Galega y la Academia de la Llíngua Asturiana

Todas las academias lingüísticas deberían tener como único cometido el estudio riguroso, científico y objetivo de la lengua correspondiente en todo el territorio en que esta se habla, con independencia tanto de los límites administrativos de las comunidades autónomas como de su poder y de toda actividad, militancia o ideología política.

Sin embargo, el mismo nombre de la Real Academia Galega hace referencia a la comunidad autónoma de Galicia y no al idioma gallego.

O peor aún, el nombre sí podría tener en cuenta a los territorios de Asturias y de Castilla y León en los que se hablan variantes del gallego, y referirse a la hipotética Galicia soñada por el nacionalismo gallego que sí incluye estos territorios. De este modo, la Real Academia Galega se excede de sus funciones y se contamina de la ideología y el activismo político del nacionalismo gallego.

Propaganda política del nacionalismo gallego en contra de las libertades lingüísticas individuales.

Por su parte la Academia de la Llíngua Asturiana no debería existir en la medida en que el bable o asturiano no es un idioma, sino un conjunto de diferentes variantes del español cuyo estudio corresponde en todo caso a los dialectólogos de la Real Academia Española de la Lengua.


Las políticas lingüísticas en las zonas de habla gallega de Asturias y Castilla y León

El gobierno del Principado de Asturias ha introducido en los colegios del territorio comprendido entre el Eo y el Navia el gallego-asturiano contaminado de bable normalizado por la Academia de la Llíngua Asturiana. Después de haber tratado previamente de introducir directamente el bable, en otro intento anterior de colonialismo asturianista. De este modo, entre los gobiernos de la Xunta de Galicia (que ha impuesto su gallego normalizado como lengua cooficial) y el Principado de Asturias (que ha introducido en los colegios su gallego-asturiano manipulado) exterminaron la variabilidad y riqueza geográfica que tenía la lengua gallega hasta entonces, en un auténtico atentado cultural irreparable. Y además crearon e impusieron en el Eo una nueva frontera lingüística que nunca había existido.

La Oficina de Política Lingüística del gobierno de la Xunta de Galicia tutela el gallego que se enseña en los colegios de los territorios de Castilla y León donde se habla gallego. De este modo, el gobierno de la Xunta de Galicia excede el ámbito territorial en el que es competente, y se entromete en un territorio que adminstrativamente no le corresponde.

Los ciudadanos de Castilla y León no tienen derecho a voto en las elecciones autonómicas gallegas, por lo que esta injerencia del gobierno de la Xunta de Galicia en su territorio constituye un claro ejercicio de colonialismo institucional y les convierte en ciudadanos de segunda respecto a los gallegos. Por ello, este otro modelo de gestión tampoco es en modo alguno aceptable.



Una propuesta política y administrativa para la singularidad lingüística, histórica y cultural del Eo-Navia

Autogobierno del Eo-Navia

En lo referente a las competencias políticas y administrativas sobre la fala, resulta sumamente interesante el modelo de gestión del aranés. Antes de la última reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña del año 2006 el marco regulatorio del aranés estaba constituido por el artículo 3 y la disposición adicional primera del Estatuto de Autonomía de Cataluña (Ley Orgánica 4/1979) y por la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán que establecía que:

  • El Valle de Arán no podía estar incluido en ninguna división territorial de Cataluña que no fuera él mismo (art. 3).
  • El gobierno y la administración del Valle de Arán correspondía al Consejo General de Arán (art. 6.1).
  • El Consejo General de Arán tenía competencia plena en todo lo referente al fomento y enseñanza del aranés y su cultura (art. 20.2).
  • El Consejo General de Arán tenía amplias competencias en enseñanza, cultura, sanidad, servicios sociales, ordenación del territorio y urbanismo, turismo, protección, conservación y administración de su patrimonio histórico y artístico, protección de la naturaleza, montaña y vías forestales, agricultura, ganadería, pesca, caza y aprovechamientos forestales, salvamentos y extinción incendios, juventud, ocio y tiempo libre, deportes, medio ambiente, recogida y tratamiento de residuos sólidos, salubridad pública, carreteras locales, transporte interior de viajeros y artesanía (art. 20.3).
  • Una comisión formada por miembros del Consejo General de Arán y la Generalitat de Cataluña determinaba la atribución y traspaso de competencias y servicios, y valoraba la dotación económica correspondiente a los mismos (art. 24.1). El presupuesto de la Generalitat debía incluir específicamente las cantidades que resultaran de los acuerdos de dicha comisión (art. 23.1). Además, el Consejo General de Arán también se financiaba en menor medida con la recaudación de impuestos cedidos por la Generalitat de Cataluña, aportaciones de los ayuntamientos y otros ingresos (art. 22).

Las competencias plenas sobre la enseñanza de la fala deben corresponder en exclusiva a un autogobierno del Eo-Navia.

El estudio de la fala debe corresponder a una nueva academia de la lengua cuya sede se localice en el Eo-Navia donde esta lengua se habla, y cuyo funcionamiento sea científico, autónomo e independiente. Y que mantenga con la Real Academia Galega una relación de independencia y colaboración similar a la existente entre las academias hispanoamericanas de la lengua y la Real Academia Española de la Lengua. 

En cuanto a las competencias sobre la toponimia oficial, deben corresponder exclusivamente a los ayuntamientos. Ya que son las administraciones más cercanas y mejor conocedoras de su territorio y su historia.

Además, siguiendo el modelo del Valle de Arán, el autogobierno del Eo-Navia debería tener también amplias competencias al menos sobre sanidad, educación, servicios sociales, cultura, urbanismo, ordenación del territorio, carreteras, transportes, turismo, extinción de incendios, emergencias, gestión de residuos, saneamiento, medio ambiente, protección de la naturaleza, agricultura, ganadería, selvicultura y montes, vías forestales, caza, pesca, conservación y protección del patrimonio, juventud, deportes, ocio y artesanía.

Disponer de estas competencias propias permitiría a este territorio superar el abandono histórico y la falta de inversiones y gasto público por parte del gobierno del Principado de Asturias frente a otras zonas de Asturias.

Por otra parte, este territorio debería constituir una circunscripción única y diferenciada en las elecciones autonómicas a la Junta General del Principado de Asturias.

Los fondos mineros del gobierno del Principado de Asturias suponen una lluvia de dinero público sobre las cuencas mineras y también sobre ayuntamientos sin relación con la atividad minera como las ciudades de Oviedo y Gijón, frente a zonas rurales de Asturias, como Los Oscos, que son sometidas a una falta de inversión y gasto público que las condena a la despoblación. Luego el mismo gobierno del Principado de Asturias utiliza el envejecimiento y la despoblación como justificación para negar infraestructuras, inversiones y gasto público al Eo-Navia.

Estos cambios administrativos sólo requieren una reforma de la Ley Orgánica de Estatuto de Autonomía para Asturias y una nueva ley autonómica de régimen especial del Eo-Navia.

Ni la fala o dialecto local del gallego de entre los ríos Eo y Navia ni los dialectos asturleoneses son la lengua de todos los asturianos ni de todo Asturias. Por lo que ninguno de ellos debe tener nunca el carácter legal de lengua cooficial en todo Asturias.

El modelo de autogobierno del Valle de Arán se ampara en el principio de descentralización con el que tienen el deber de actuar todas las administraciones públicas incluido el Principado de Asturias y el resto de las comunidades autónomas, y no sólo la Administración General del Estado, conforme al artículo 103 de la Constitución.

Además, como se ha señalado anteriormente, la fala se habla también en los concejos gallegos de Negueira de Muñiz y Fonsagrada, que pertenecieron a Asturias hasta 1833. Por lo que estos municipios también deben formar parte del autogobierno del Eo-Navia mediante una reforma análoga del Estatuto de Autonomía para Galicia y otra ley autonómica de régimen especial.

 

Propuesta de autogobierno del Eo-Navia.

El autogobierno del Valle de Arán también podría ser un modelo político y administrativo para El Bierzo, tanto para la parte de la comarca de la provincia de León como para la perteneciente a Galicia.


Fusión de municipios

Para aumentar la eficiencia de las administraciones públicas también proponemos implementar la propuesta de fusión de municipios de Asturias realizada por Javier Calzadilla en junio de 2018. Proponemos que la fusión de municipios consista en:

  • Mantener en todos sus emplazamientos actuales los mismos servicios municipales. Como oficinas de atención al ciudadano, registros públicos, colegios, bibliotecas y centros de salud.
  • Reducir el número de cargos políticos municipales al reducir el número total de alcaldes y concejales.
  • Fusionar y aumentar las plantillas de funcionarios y trabajadores municipales, para conseguir una mayor especialización y unos mayores medios humanos y materiales.

Aunque para el Eo-Navia proponemos esta otra fusión más acorde con la división en circunscripciones o quintas históricas del antiguo concejo de Castropol y otros territorios históricos:

  • Actuales concejos de Castropol, Tapia de Casariego, Vegadeo, San Tirso de Abres y Taramundi, que constituían las antiguas quintas de Castropol, Veigas de Bría y La Vega y Taramunde.
  • Actuales concejos de El Franco, Boal e Illano —que integraban la antigua quinta de Ribeiras de Armal— junto con Navia, Coaña y Villayón.
  • Actuales concejos de Grandas de Salime y Pesoz —que eran la antigua quinta de Valdemiudes— junto con Los Oscos —concejos de de Santa Eulalia de Oscos, San Martín de Oscos y Villanueva de Oscos— y parte del concejo de Allande.
  • Ibias y parte de Degaña.
  • Fonsasgrada y Negueira de Muñiz, que integraban el antiguo concejo de Burón o Tierra de Burón que perteneció a Asturias hasta 1833.
    Debemos recordar que, como se ha señalado, Grandas de Salime formaba parte junto con Fonsasgrada y Negueira de Muñiz del Honor de Grandas o Tierra de Grandas, por lo que estos tres municipios forman parte del mismo territorio histórico. Sin embargo no resulta posible ni conveniente que un concejo tenga partes de su término municipal en dos provincias y dos comunidades autónomas diferentes. Este es el motivo por el cual no se propone la fusión de Grandas de Salime junto con Fonsagrada y Negueira de Muñiz en un mismo municipio.
 

Propuesta de fusión de municipios para el Eo-Navia.

 
 
 

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